Nuevo Código Penal: habría penas de hasta siete años de cárcel para quienes maten al volante
Clarín 09/8/18
Nuevo Código Penal: habría penas de hasta siete años de cárcel para quienes maten al volante
Sería el castigo para el exceso de velocidad que produjera una muerte. Ubica a esta conducta casi al nivel del homicidio simple.
Con la intención de incluir la despenalización del aborto, el Gobierno volvió a poner en la agenda el nuevo Código Penal que planea presentar en el Congreso durante el mes de agosto. Otra de las novedades, estaría vinculada con los siniestros viales.
Con el impulso de la ONG Madres del Dolor y otras asociaciones, avanza el proyecto para que el Código Penal eleve las penas de los delitos culposos cometidos en el tránsito. El exceso de velocidad grosero, si produce la muerte de una persona, podría ser penado con hasta 7 años de cárcel, lo que ubica a la conducta casi en el nivel de un homicidio simple.
En estos casos, la negligencia se acercaría a la intención de quitar la vida. Lo mismo sucedería ante el consumo de sustancias que alteren la aptitud conductiva, como el alcohol o las drogas prohibidas.
Desde CECAITRA, la cámara que nuclea a las empresas que proveen software vial para la detección de infracciones, expresaron que “no se puede ignorar que en cada siniestro vial hay un responsable que no sólo puso en riesgo su vida sino la de los demás. Mejorar el tránsito y llegar a tener cero víctimas es un trabajo de todo el conjunto de la sociedad. Es evidente que la mayoría de los conductores y los peatones son conscientes de lo necesario que es respetar las normas de tránsito y ese es un puntapié muy importante”.
En tal sentido, un estudio realizado por el Observatorio Vial de CECAITRA, reveló que 8 de cada 10 consultados consideran que la principal causa de los accidentes viales es el factor humano: el 34.5% dijo que es la transgresión a las normas de tránsito; el 22.8% los conductores alcoholizados y el 19.5% la falta de atención al conducir. El no cumplimiento de las normas de tránsito ocupa el primer lugar, es decir que los conductores reconocen el peligro que significa infringirlas.
Respecto de la pregunta sobre si se considera a la Argentina entre los países con mayores o menores accidentes viales, más de la mitad (51%) cree que nuestro país se ubica entre los que tienen más siniestros de tránsito; para el 37,5% sucede la misma cantidad que en otros y para el 3.5% en Argentina hay menos accidentes que en el resto.
A partir del caso de Patricio Avila, el joven que “voló” desde la General Paz y que aún sigue internado, la Asociación Civil Luchemos por la Vida emitió un comunicado en el que expresan que “conductas tan temerarias y graves como ésta ponen de manifiesto la urgente necesidad de legislar los Delitos contra la Seguridad Vial, en particular el de la conducción con exceso notable de velocidad, antes de que otros potenciales homicidas del tránsito, como estos, lleguen a matar”.
La organización promueve una ley que penalice los excesos de velocidad (se corran picadas o no) ya que “implica un peligro tan grande para la vida de los terceros, que debe ser sancionado con la máxima expresión de la repulsa social, convirtiéndolo en un delito”, y pide una ley que contemple una “pena con prisión e inhabilitación especial para conducir automotores a quien condujere cualquier tipo de vehículo automotor a una velocidad superior en 40 km/h a la máxima establecida para dicha autopista, semiautopista, ruta, avenida o calle”.
Fuente: https://www.clarin.com/ciudades/nuevo-codigo-penal-penas-anos-carcel-maten-volante_0_r1gsQ45SQ.html
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